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martes, 29 de abril de 2014

Las normas de valoración de inmuebles según ECO/805/2003 (XXVI)

Normas de valoración según ECO/805/2003 (XXVI)

Aspectos formales específicos del informe de tasación


El informe de tasación debe elaborarse con los siguientes requisitos formales:
  • debe indicarse la denominación social de la sociedad de tasación o de la entidad financiera emisora, y su número de inscripción en el Registro del Banco de España
  • debe confeccionarse en papel con el membrete de la sociedad de tasación o entidad financiera
  • debe mencionar el número de páginas que lo componen
  • debe estar suscrito por un representante de la entidad tasadora, además de por el profesional competente que lo haya redactado
  • si el profesional competente que ha redactado el informe no es el mismo que quien ha realizado la visita e inspección ocular, se deberá incluir los datos profesionales y personales del profesional competente que haya realizado la visita
  • debe identificar al solicitante de la tasación y la finalidad de la misma, concretando se se ha seguido las disposiciones contenidas en la Orden ECO/805/2003
  • si la finalidad de la tasación es la constitución de garantía hipotecaria para créditos o préstamos, debe indicar la entidad que haya sido mandatario del cliente para el encargo
  • debe identificar y localizar el inmueble, describiendo la localidad y el entorno, y concretando si se valora un solo edificio o elemento de edificio o a varios agrupados
  • debe describir las comprobaciones realizadas y la documentación examinada
  • debe expresar la superficie del terreno y la de edificación
  • debe incluir una descripción urbanística, especificando el régimen ocupación, tenencia y protección
  • debe incluir un análisis de mercado
  • debe expresar los datos y el cálculo de los valores técnicos, incluyendo valores de tasación
  • debe incluir condicionantes, advertencias y observaciones
  • debe expresar la fecha de emisión y la de caducidad
  • debe describir la documentación anexa que acompaña al informe.

Los apartados deben cumplimentarse teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, según el tipo de inmueble que sea objeto de valoración.
TASACION DE EDIFICIOS












Daniel Trujillano, arquitecto
Redacción de informes de tasación de inmuebles en España

lunes, 28 de abril de 2014

Las normas de valoración de inmuebles según ECO/805/2003 (XXV)

Normas de valoración según ECO/805/2003 (XXV)

Aspectos formales del certificado de tasación


Cada certificado de tasación debe elaborarse de acuerdo con la forma y con el contenido mínimo siguiente:
  • debe indicar la denominación social de la sociedad de tasación o entidad financiera que lo emita, con su número de inscripción en el Registro del Banco de España
  • debe confeccionarse en papel con el membrete de la sociedad de tasación o entidad financiera
  • debe mencionar el número de páginas que lo componen
  • debe indicar la finalidad legal de la tasación
  • debe hacer referencia precisa al informe de tasación que sintetiza
  • debe contener la localización y el tipo del inmueble, su identificación registral, la referencia catastral, la superficie útil (si se trata de un edificio), la superficie adoptada en el cálculo de valores técnicos y su estado de ocupación
  • si la finalidad de la tasación no es la garantía hipotecaria de créditos o préstamos, debe contener el titular registral en el momento de la tasación
  • debe incluir una declaración expresa de que la tasación se ha realizado de acuerdo con los requisitos de la Orden ECO/805/2003 u otra normativa aplicable
  • debe indicar el método o los métodos de valoración utilizados, y concretar los valores estimados para cada método
  • debe indicar el valor de tasación del inmueble
  • debe incluir las limitaciones al dominio
  • debe expresar el valor a efectos de seguro de incendios y otros daños
  • si se refiere a varios inmuebles que constituyen fincas registrales o funcionales independientes, debe especificar el valor de tasación que se asigna a cada una de ellas
  • debe estar firmado por un representante de la entidad que emita el certificado o de la entidad financiera a cuyos servicios pertenezca el tasador
  • debe contener cualquier otra información que se requiera por aplicación de normativa específica según la finalidad de la tasación.

TASACION DE EDIFICIOS












Daniel Trujillano, arquitecto
Redacción de informes de valoración de inmuebles en España